Transferencias de valor e impuestos, cuestión de calidad

Jordi Faus

EL GLOBAL

Lo que está sucediendo con las transferencias de valor de la industria a los profesionales sanitarios me lleva a pensar en el equilibrio entre beneficio y riesgo que siempre hay que buscar en el mundo del medicamento; y en la necesidad de no olvidar otro elemento que también es esencial en cualquier medicamento: su calidad. La calidad de un producto, su conformidad con las especificaciones aprobadas por las autoridades sanitarias, no admite equilibrios, en este ámbito no se toleran deficiencias que se puedan compensar con hipotéticos efectos beneficiosos.

La industria, a través de sus asociaciones, ha convertido la transparencia absoluta en un elemento esencial de evaluación de su forma de hacer, en una herramienta imprescindible (en el sentido literal del término) para garantizar la independencia entre las decisiones de prescripción de medicamentos respecto de intereses comerciales. Se ha concluido que sólo publicando de forma individual y detallada las cantidades que los profesionales perciben de la industria se puede lograr un nivel aceptable de ética en el entorno económico del medicamento. Frente a este beneficio, pronto aparecieron los riesgos.

Primero fue la protección de datos y la posible incompatibilidad entre la publicación de datos personales de los médicos sin su consentimiento expreso, y su derecho a la privacidad. La respuesta se incorporó al Código de Farmaindustria en su última revisión de la mano de un Informe del Gabinete Jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) de 22 de abril de 2016. En base a este documento se valida la publicación de forma individual de las Transferencias de Valor sin necesidad de consentimiento expreso del médico siempre que se haga de acuerdo con las medidas propuestas por la AEPD en su informe y recogidas en el Código.

El segundo efecto adverso que ha aparecido es el de la tributación de las transferencias de valor. Ante una norma fiscal más bien poco clara (y que muchos en la Agencia Tributaria interpretarán a favor de que los médicos tengan que pagar impuestos por estas transferencias), el sector va a recibir como agua de mayo la aprobación, en la Comisión de Sanidad del Congreso, de la Proposición No de Ley (PNL) presentada por Ciudadanos. Es posible que tras esta votación muchos ya concluyan, sin más, que el tema está resuelto.

Solventar el asunto de la privacidad mediante un informe del gabinete jurídico de la AEPD es de un nivel de calidad jurídica más bien bajo, pero tiene la ventaja de que la AEPD no podrá sancionar a las compañías que actúen según el criterio que ella misma ha expresado. Por contra, conviene no creerse que el problema de la fiscalidad de las transferencias de valor queda solventado con esta PNL, que no es más que una propuesta para que el Congreso apruebe una resolución. En este caso, se acuerda instar al Gobierno para “considerar exentas de tributación las transferencias de valor dedicadas a la formación de los profesionales del SNS” siempre que la participación del profesional en estas actividades “haya sido objeto de autorización por el centro sanitario donde presten servicios”, lo cual supone reconocer que la norma actual no considera estas transferencias exentas de tributación; e implica proponer que el asunto se solvente mediante una norma que en su caso deberá aprobar el Gobierno (ya veremos de qué tipo) estableciendo tal vez requisitos de procedimiento adicionales para sufragar actividades de formación. La calidad del entorno jurídico que afecta a estas actividades, por los suelos.

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