Los pliegos para el suministro de un producto consumible pueden incluir la obligación de entregar aparatos medidores sin cargo

Resolución núm. 88/2014, de 5 de febrero de 2014, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales

Xavier Moliner

CAPSULAS Nº 150

Antecedentes

Es frecuente que en una licitación pública cuyo objeto es la adjudicación de un contrato de suministro de tiras reactivas para la medición de parámetros o indicadores para el diagnóstico, se imponga al adjudicatario la obligación de suministrar gratuitamente los aparatos medidores y demás instrumental necesarios para el uso de aquéllas.

En el Acuerdo Marco que convocó el INGESA para la selección de suministradores de productos sanitarios para varias Comunidades Autónomas y Organismos de la Administración del Estado, se contemplaba esta obligación. Los pliegos obligaban al adjudicatario del contrato de suministro de las tiras reactivas que entregase, sin cargo, los aparatos de lectura de las mismas.

Las malas sensaciones que la Resolución del TACRC ha provocado en el sector también tienen que ver con el análisis que se ha realizado de estos requerimientos de los Pliegos.

Posición del Tribunal

Los recurrentes alegaron que el suministro sin cargo de los aparatos de lectura para el uso de las tiras reactivas, era una pretensión ajena al contrato de suministro de las tiras y suponía un modo de financiación irregular de otras actividades distintas al propio contrato de suministro de tiras. En definitiva, se alegó que el procedimiento para comprar tiras debía separarse del procedimiento para comprar aparatos de lectura.

El Tribunal examina el recurso de un modo que parece hábilmente diseñado para dar la razón a la administración. Los argumentos además parecen sencillos desde el punto de vista jurídico. Para el TCRAC, si el contrato tiene un objeto y un precio cierto, será válido; y si no lo tiene será nulo. Partiendo de estas ideas, y en relación con el objeto, el Tribunal considera que la entrega de los aparatos de lectura no debe necesariamente configurarse como una licitación separada ni integrarse en lotes separados porque según él es evidente que el suministro de aparatos de medida no puede considerarse algo ajeno al contrato de suministro de las tiras reactivas.

Respecto al precio, el Tribunal parte del principio general de onerosidad de la contratación del sector público, y considera evidente que la entrega de los aparatos de lectura no es gratuita sino que está retribuida, aunque sea de forma conjunta a través del precio satisfecho por las tiras reactivas.

Por otro lado, el Tribunal entiende que los Pliegos del INGESA determinan de forma suficiente el precio unitario de cada uno de los bienes que el licitador deberá entregar porque establece de forma precisa el ratio de entrega de lectores sin cargo (1 lector por cada 2000 mil tiras). De este modo, dice la sentencia, los licitadores pueden realizar su oferta sabiendo de antemano cómo debe repercutir el coste de los lectores en el precio unitario de las tiras reactivas que ofrezcan. Por este motivo, dice el Tribunal, los pliegos cumplen con la exigencia de fijar un precio determinado.

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