El Ministerio actualiza sus directrices sobre publicidad de medicamentos dirigida al público

Eduard Rodellar

El Global

En los tiempos que corren todo cambia a un ritmo cada vez más vertiginoso. Las nuevas tecnologías y el progreso del mundo digital han favorecido la aparición y uso masivo de nuevos soportes publicitarios que hacen que las reglas que regulan la publicidad deban adecuarse a esta nueva realidad, y la publicidad sobre medicamentos dirigida al público en general no es ajena a esta cuestión.

Conscientes de ello, la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia del Ministerio ha publicado la actualización de la guía para la publicidad de medicamentos de uso humano dirigida al público. Sin duda una excelente noticia. No sólo porque habían pasado ocho años desde que se editó su versión inicial y convenía revisarla, sino porque para ésta se ha contado con la participación activa de los dos organismos con mayor peso en el ámbito de la publicidad de medicamentos no sujetos a receta médica: Anefp y Autocontrol.

La nueva guía sigue la estructura de su versión inicial, pero introduce diversas novedades. Por una parte, actualiza las definiciones y principios que informan esta publicidad. Por otra parte, clasifica los diversos soportes publicitarios según el medio de comunicación al que pertenecen, pero sin hacer una lista cerrada de los mismos, consciente de que pueden ir surgiendo nuevas formas y variantes de éstas.

También establece directrices específicas en temas especialmente sensibles para la industria, como los patrocinios publicitarios o la modalidad publicitaria conocida como “emplazamiento de producto”. Sin olvidarnos de la medida estrella, la eliminación de las referencias al Control Previo Sanitario (CPS), que ya había sido suprimido en una modificación en 2013 de la Ley de Garantías y que desaparece de la guía. Con dicha medida se buscaba flexibilizar el control de estas actividades promocionales, sustituyendo el control previo por uno post que viene a ser reforzado mediante la autorregulación del sector, a través de los servicios que ofrecen Anefp y Autocontrol.

También incluye una segunda parte (el código de buenas prácticas) en el que se recogen, actualizadas, recomendaciones y criterios interpretativos que deben seguirse para que la información contenida en los mensajes publicitarios sea precisa, equilibrada, honesta, objetiva y veraz. Asimismo, actualiza los criterios sobre lo que se considera o no publicidad comparativa, la de recuerdo, o los casos en los que resulta admisible la participación de profesionales sanitarios.

Esta guía será una herramienta útil en la que los actores implicados podrán apoyarse cuando diseñen y pongan en práctica proyectos publicitarios sobre medicamentos. Como potenciales consumidores de estos productos lo agradeceremos.

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